El voto por correo para las elecciones andaluzas del 19 de junio ya se puede solicitar desde este jueves y hasta el 9 de junio, según ha informado Correos en un comunicado.
¿Cuál es el procedimiento?
Los electores que decidan votar por correo pueden solicitar hasta el día 9 de junio (inclusive) el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La obtención de este certificado es requisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia y puede solicitarse por vía telemática a través de la web www.correos.es o presencialmente en cualquier oficina de Correos de España.
Así, según se informa en el comunicado, los electores pueden solicitar su voto a través de la web de Correos (www.correos.es), sin tener que acudir en persona a una oficina postal. En este modelo de solicitud, que evita desplazamientos, el interesado debe acreditar su identidad mediante firma electrónica y aceptándose como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).
¿Puede ir otra persona a solicitar mi voto?
La solicitud de voto por correo puede realizarse en todas las oficinas de Correos de España. Esta petición debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad –acreditada mediante certificación médica oficial– que le impida la formulación personal de dicha petición. En este caso puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente.
En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su identidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales.
Con el objetivo de agilizar los trámites y evitar esperas, la compañía ofrece la opción de cita previa para la solicitud del voto en oficinas, a través de la app, la web de Correos o la Oficina Virtual. Para ello el elector tan sólo debe seleccionar la oficina disponible que tenga cita previa y, por último, elegir el día y la hora que más le convengan.
Correos entregará las solicitudes recibidas en las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral en Andalucía, quienes enviarán a los solicitantes, a partir del 30 de mayo, la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo.
Fuente: Europa Press.