Los viajeros que vengan a España con test rápido de antígenos tendrán que habérselo hecho dentro de las 24 horas anteriores a su llegada a España, según ha publicado el BOE.
¿Por qué se ha aprobado este cambio?
Según recoge Europa Press, la gran disponibilidad de las pruebas rápidas de antígeno justifica establecer un periodo de validez no superior a las 24 horas para dichas pruebas.
Por ello, y con objeto de estar en sintonía con la recomendación de este organismo de la Unión Europea, consideran necesario actualizar la Resolución de 4 de junio en estos términos.
Asimismo, se aceptarán como válidos los certificados de prueba diagnóstica de amplificación de ácido nucleico molecular (NAAT) de infección activa de COVID-19 con resultado negativo, cuya muestra haya sido obtenida dentro de las 72 horas anteriores a la llegada a España.
El certificado de prueba diagnóstica, además, deberá incluir al menos la siguiente información: nombre y apellido del titular; fecha de la toma de la muestra; tipo de test realizado; país emisor.
Fuente: Nota de Prensa de Europa Press.